Libertad de Expresión

Apuesta Institucional 2024-2030

Artículo 19

Artículo 19

Introducción

Campaña Global por la Libertad de Expresión A19, A.C. – ARTÍCULO 19 es una organización sin fines de lucro y una de las siete oficinas regionales de ARTICLE 19, fundada en 1987 en Londres, Reino Unido, que toma su nombre del Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye la libertad de sostener opiniones sin interferencia y buscar, recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio y sin consideración de fronteras”.

Constituida legalmente en México en 2008 y habiendo obtenido el estatus de donataria autorizada en 2012, la oficina regional de ARTICLE 19 es legal y financieramente independiente de la sede británica; y financiada por fundaciones privadas y gobiernos de Norteamérica y de Europa Occidental.

Desafíos

La libertad de expresión en México afrontó grandes desafíos en el sexenio 2018-2024, que ha sido reconocido como un periodo de cambio de régimen. En este lapso, persisten —y en algunos casos se profundizaron— los resabios de autoritarismo que los “regímenes de la transición” (1997–2018) no fueron capaces de revertir. Hablamos de la violencia contra la prensa, la discrecionalidad en la asignación de la publicidad oficial y la falta de garantías para el derecho a la verdad de las víctimas y la sociedad.

En el sexenio que termina en 2024 habremos de sumar nuevos desafíos para la libertad de expresión, como las intentonas del Poder Legislativo de ejercer censura en línea —algunas consumadas— y la falta de acceso pleno a la información para poblaciones en situación de vulnerabilidad, tanto en contextos de desastres naturales como de los programas sociales emblema. Los intentos de censura ocurren en un momento histórico mundial de ampliación del espacio digital y en que los Estados pretenden controlar este ámbito, no siempre en clave de derechos humanos. Mientras que la segunda es una realidad contradictoria con el discurso de “Primero los pobres”.

El trabajo institucional para la defensa y promoción de los derechos a la información y a la libertad de expresión se encuentra en el centro de los mínimos necesarios para el ejercicio de la ciudadanía en un régimen democrático. De ahí su relevancia y vigencia. Estos derechos están siendo amenazados por el resurgimiento de ideologías y proyectos políticos autoritarios, nacionalistas y xenófobos en diversas partes del mundo.

En el caso específico de la libertad de expresión y el derecho a la información, continúan tendencias que exigirán especial atención de nuestra parte. La lógica de comunicación del gobierno federal, que toma como medio relevante la plataforma de las redes sociales y la difusión de información en internet, es mucho más frecuente y es una oportunidad para seguir insistiendo y avanzando en el acceso a la información, a la transparencia y a la participación activa de la ciudadanía. Sin embargo, la estrategia de comunicación política basada en conferencias diarias representa un reto en tanto puede convertirse en una medida de control de la agenda pública y la administración de la información que llega a la sociedad. La proactividad no debe transformarse en imposición, ni tampoco debe significar el silenciamiento o estigmatización de aquellos que opinan y piensan diferente. Un verdadero avance en la democratización del país implica el ejercicio de la crítica y la expresión del disenso sin descalificaciones, mucho menos desde el poder gubernamental.

Propuestas

En el proximo sexenio (2024-2030) se mantienen vigentes las exigencias de la Agenda Mínima 3.0, es decir, una lista de 36 acciones urgentes en materia de libertad de expresión e información, entre las cuales destacan las siguientes:

  1. Eliminar el uso discrecional y arbitrario de la publicidad oficial como recurso de control indirecto de las líneas informativas de medios de comunicación.
  2. Eliminar las restricciones legales al ejercicio de la libertad de expresión.
  3. Desarrollar una política pública de protección integral para garantizar el ejercicio de libertad de expresión de las y los periodistas.
  4. Combatir la impunidad de las agresiones contra la prensa y garantizar el derecho a la verdad.
  5. Abstenerse de promulgar legislaciones restrictivas de los derechos digitales y de utilizar mecanismos de censura en internet.
  6. Equilibrar la protección de los datos personales, la privacidad y el derecho al honor con el ejercicio de la libertad de expresión e información en internet.
  7. Promover y garantizar el derecho de acceso a internet sin discriminación.
  8. Garantizar el ejercicio de la libertad de expresión para las mujeres en el entorno físico y digital.
  9. Controlar el uso de herramientas de vigilancia.
  10. Garantizar el acceso a la información a las poblaciones en situación de vulnerabilidad.

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